Σcon un decisión históricaLa Tribunal de Justicia de la Unión Europea Decidir contra los Estados que los requieran. proveedores de telecomunicaciones recoger de forma general y sin diferenciación los datos de las conexiones realizadas por los usuarios en Internet, sino también en sus teléfonos inteligentes.
A partir de ahora, la recopilación de datos solo se permitirá en los casos "grave amenaza para la seguridad nacional" y debe haber sido aprobado por orden judicial o por una "autoridad independiente". Con esta decisión, la Corte confirma fundamentalmente el caso "Tele2" que lo había tratado en 2016 en relación con la recogida de datos generalizados.La nueva decisión se produjo después de demandas colectivas de organizaciones como Privacidad internacional και La Quadrature du Net, quien reveló que las prácticas de vigilancia masiva de algunos países (ver Reino Unido, Francia y Bélgica) violan flagrantemente los derechos humanos básicos de los ciudadanos. Por lo tanto, La UE aclara plenamente que los gobiernos de los Estados miembros no podrán solicitar datos a los proveedores de telecomunicaciones excepto con serias excepciones..
Le recordamos que la UE había legislado sobre la restricción de los datos de los usuarios europeos que pueden ser transferidos a los EE. UU. En nombre de empresas estadounidenses.