Σentra en vigor el 1 de enero de 2019, la tercera y última etapa de las disposiciones previstas en Reglamento de Licencias Generales de EETT. El Reglamento define las obligaciones de los proveedores de comunicaciones electrónicas, con el objetivo de proteger los derechos de los abonados a la telefonía e Internet.
En concreto, con la tercera etapa, se imponen las siguientes normativas.
Cese automático de servicios para evitar sobreendeudamiento
Al término del contrato y para evitar el sobreendeudamiento, los suscriptores podrán elegir la posibilidad de terminación automática del servicio, siempre que la cuenta supere un límite determinado, en base a al menos tres opciones.
Importe máximo de la tarifa por resolución anticipada de un contrato de duración determinada
Se especifica con precisión la forma en que se calculará la tarifa máxima por rescindir un contrato de plazo fijo antes de su vencimiento.
Acceso perfecto a los términos del contrato y las listas de precios
Los proveedores deben asegurarse de que los suscriptores tengan fácil acceso a la información sobre los términos actuales del contrato y la lista de precios de los servicios, así como sobre cualquier cambio.
Puede encontrar más información sobre la configuración en www.eett.gr, Sección para consumidores / Acerca de las comunicaciones electrónicas / Instrucciones-Recomendaciones.